Young pregnant woman with doctor in clinic - Gynecology consultation, medical check-up, maternity and ob-gyn support concept

Reproducción Asistida

Reproducción Asistida

La Ley 26.862 establece que toda persona mayor de edad, cualquiera sea su orientación sexual o estado civil, tenga obra social, prepaga o se atienda en el sistema público de salud, puede acceder de forma gratuita e igualitaria a las técnicas y procedimientos realizados con asistencia médica para lograr el embarazo.

Garantiza tratamientos y técnicas de baja complejidad (cuando la unión entre el óvulo y el espermatozoide ocurre dentro del cuerpo de la persona con capacidad de gestar) y de alta complejidad (cuando esta unión se produce fuera del cuerpo).

La Resolución 1045/2018 determina la cobertura del cien por ciento en medicamentos para tratamientos de reproducción médicamente asistida, los que deberán ser brindados por los agentes de salud.

¿Hasta qué edad puedo acceder a los tratamientos?

Todo tratamiento de reproducción médicamente asistida con óvulos propios se realizará a la mujer de hasta cuarenta y cuatro (44) años. En el caso de óvulos donados, se realizará a la mujer de hasta cincuenta y un (51) años. En ambos casos, la edad se computa hasta el momento de acceder a dicho tratamiento.

En el supuesto de que la mujer de entre cuarenta y cuatro (44) y cincuenta y un (51) años hubiera crio preservado sus propios óvulos antes de cumplir los cuarenta y cuatro (44) años, podrá realizar cualquier tratamiento de reproducción médicamente asistida con dichos óvulos propios crio preservados.

Consultá en OSDIPP cuales son los centros habilitados y contratados en tu zona de residencia para realizar prácticas de fertilización asistida.