Información para Prestadores
Documentación requerida a los Afiliados para el acceso a las prestaciones
El Afiliado deberá presentar:
Credencial identificatoria VIRTUAL.
Todos los planes de OSDIPP contemplan una cobertura del 100% en las prestaciones contratadas (incluyendo medicamentos y materiales descartables para estudios), por lo que no se podrá exigir a los Afiliados aranceles diferenciados ni coseguros (excepto psicoterapia y RPG).
En caso de ser necesario algún tipo de material y/o medicamento no contemplado en el convenio vigente, rogamos contactarse con el sector de Contrataciones llamando al (011) 4318-3900 o escribiendo a contrataciones@osdipp.com.ar
Prácticas médicas:
El Afiliado deberá presentar en recetario original, con membrete del profesional o institución correspondiente, la orden médica. La misma deberá constar de los siguientes datos:
Nombre y apellido del paciente.
Número de Afiliado a OSDIPP.
Práctica indicada.
Diagnóstico cierto o presuntivo.
Firma y sello del profesional con número de matrícula.
Fecha.
La indicación médica de la práctica a realizar no deberá presentar tachaduras, enmiendas o agregado y no deberá superar los 60 días desde su emisión.
Autorización de estudios diagnósticos, de rutina y alta complejidad
A los fines de su reconocimiento por parte de la Obra Social, las prestaciones deberán satisfacer los requisitos que se indican a continuación:
Consultas: No se requiere bono, las mismas requieren solamente la presentación de la credencial y D.N.I.
Prácticas: Deben indicarse en los recetarios particulares de los médicos o de las instituciones en las que presten servicio. Deberá constar:
* Nombre y apellido del paciente.
* N° Afiliado a OSDIPP.
* Práctica indicada.
* Diagnóstico o motivo de la prescripción.
* Firma y sello del profesional con N° de Matrícula.
VALIDEZ de las órdenes médicas: 60 días corridos.
PRÁCTICAS QUE NO REQUIEREN AUTORIZACIÓN:
DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES: (Incluye material de contraste y medicación)
No requieren autorización las siguientes prácticas: (*)
– Ecografías. / Ecocardiografías.
* Nomencladas y no nomencladas (Con excepción Eco 3D y 4D)
* Ecodoppler B / N y color. Eco estrés
– Radiología.
– Tomografía Computada.
– Densitometrías.
– Medicina nuclear (con excepción de la PET).
– Nomenclado y no Nomenclado.
– Spect.
PRÁCTICAS CLÍNICAS Y QUIRÚRGICAS DE URGENCIA EN GUARDIA:
No requieren autorización aquellas prácticas nomencladas o no nomencladas que, por su baja o mediana complejidad y urgencia, no pueden esperar la autorización previa: Suturas, reducción de fracturas, yesos, punciones, drenajes, extracción de cuerpo extraño, exudado de fauces (streptest), atención de quemados, curaciones, lavado gástrico, colección de sondas, etc. (*)
LABORATORIO BIOQUÍMICO NOMENCLADO Y NO NOMENCLADO:
Ninguna práctica de laboratorio contratada requiere autorización. (*)
PRÁCTICAS QUIRÚRGICAS NOMENCLADAS REALIZADAS EN CONSULTORIO DE DERMATOLOGÍA Y GINECOLOGÍA:
* Códigos: 13.01.04, 13.01.05, 13.01.06, 13.01.07, 13.0108, 13.01.09 y 13.01.12
* Códigos: 11.02.15
PRÁCTICAS DIAGNÓSTICAS EN INTERNACIÓN.
Ninguna práctica diagnóstica contratada en internación requiere autorización (*)
PRÁCTICAS DIAGNÓSTICAS AMBULATORIAS.
No requieren autorización las prácticas ambulatorias contratadas (nomencladas y no nomencladas) de las siguientes especialidades: (*)
* Cardiología.
* Dermatología.
* Endocrinología.
* Gastroenterología.
* Ginecología y Obstetricia.
* Hematología, Hemoterapia.
* Nefrología.
* Neumonología.
* Neurología.
* Oftalmología.
* Otorrinolaringología.
* Urología.
(*) Con excepción de las citadas expresamente en el ítem: “REQUIEREN AUTORIZACIÓN PREVIA” y “PRÁCTICAS NO CUBIERTAS”.
PRÁCTICAS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN PREVIA:
* Resonancia Magnética Nuclear
* Internaciones Clínicas o Quirúrgicas Programadas.
* Las Internaciones y/o Prácticas Quirúrgicas de Urgencia serán autorizadas en tiempo diferido, con el envío de resumen de historia clínica, en todos los casos se solicita requerir la credencial y el DNI del afiliado, en caso de duda llamar al call center de OSDIPP: 011-4318-3900.
* Prácticas Quirúrgicas Ambulatorias Programadas.
* Dermatología: Prácticas no nomencladas.
* Alergia e Inmunología: Prácticas programadas.
* Anatomía patológica: Prácticas no nomencladas.
* Cardiología: Rehabilitación Cardiópata. Estudios electrofisiológicos. Estudios hemodinámicos y Angiocardiorradiología.
* Imágenes No Nomencladas: Ecografía 3D y 4D. Tomografía multislice con reconstrucción tridimensional.
* Intervencionismo bajo control ecográfico, radiológico o tomográfico.
* Nutrición: Consultas con nutricionista. Evaluación nutricional.
* Genética: Prácticas no nomencladas.
* Histocompatibilidad.
* Obstetricia: Método psicoprofiláctico del parto.
* Hemoterapia: Transfusiones sangre, hemoderivados. Aféresis.
* Rehabilitación: Sesiones de: Fisiokinesioterapia, láser, magnetoterapia. Fonoaudiología. Rehabilitación del lenguaje, neurológica (cognitivas, psicomotricidad). Drenaje linfático. Rehabilitación Postural Global (RPG). Terapia ocupacional.
* Medicina Nuclear: PET (Tomografía por Emisión de Positrones).
* Nefrología: Hemodiálisis.
* Oftalmología: Topografia corneal, Paquimetría. Aberrometría. OCT. HRT. Campo visual computarizado. Perimetría computarizada.
* Endoscopias y videoendoscopías programadas en general: diagnósticas y terapéuticas.
* Radioterapia nomenclada y no nomenclada. Puvaterapia. Radioterapia tridimensional.
* Oncología: Tratamientos oncológicos. Quimioterapia endovenosa ambulatoria (oncológica y no oncológica). OSDIPP provee la medicación en forma programada.
* Urología: Litotricia extracorpórea. Endoscopías y videoendoscopías programadas.
* Trasplantes: Trasplantes. Estudios pre y post trasplante.
* Tratamiento esclerosante de várices.
* Láser endoluminal.
* Tratamientos de Obesidad (según Resolución 742/09 del M. de Salud).
* Fertilidad, inseminación artificial.
PRACTICAS NO CONVENIDAS / NO CONTRATADAS.
Requerirán el envío PREVIO de la descripción de la práctica, diagnóstico y el presupuesto discriminado de la misma. Se evaluará la cobertura de acuerdo con la evidencia y efectividad clínica publicada por instituciones reconocidas y el alcance de la cobertura de Plan del afiliado.
REQUISITOS PARA LA PRESCRIPCION MÉDICA CON MATERIALES (PRÓTESIS / ÓRTESIS).
La orden médica deberá ser confeccionada con letra clara y LEGIBLE, de ser posible en letra de imprenta o impresa.
El pedido de autorización de un procedimiento quirúrgico o internación se deberá acompañar por un resumen de historia clínica consignando la patología, tiempo de evolución, síntomas y la mejoría que se espera al realizar el mismo.
El paciente deberá presentar ante el requerimiento de auditoría médica, todos los estudios correspondientes, pudiendo solicitarse – de ser necesarios – estudios complementarios. Los mismos deberán contar con un formato fácilmente accesible, no pudiendo estar cautivos en sistemas informáticos cerrados a determinadas instituciones, ya que, se le deberán entregar copia de los mismos a los pacientes en cumplimiento de la ley vigente (26.529).
Los pedidos serán recepcionados en la obra social con, al menos, 15 días de anticipación al día de su realización (EXCLUYENTE). Si por algún motivo no fuera posible, deberá informarse al paciente la posibilidad de no poder proveer los materiales solicitados. Quedan excluidas las URGENCIAS, debidamente justificadas.
Si el pedido se refiere a una prótesis o implante, la orden deberá ser confeccionada por nombre GENERICO ÚNICAMENTE, dando cumplimiento así a las leyes y disposiciones vigentes. En formulario aparte el médico podrá sugerir tres marcas comerciales que sean de su preferencia, siempre que al menos UNA sea de origen o fabricación nacional y tenga existencia en la zona.
No se podrán aceptar órdenes firmadas por asistentes o “Fellows” o cualquier otro miembro del equipo médico que no sea el médico actuante en la cirugía.
Si el proveedor sugerido no fuera prestador de OSDIPP, se proveerá el que la obra social determine que es de similares características al solicitado.
La Obra social NO proveerá los siguientes materiales:
Detensores de titanio de cualquier origen o fabricación, EXCEPTO para cirugía pediátrica.
Suturas meniscales a pacientes mayores de 20 años, salvo con indicación precisa y previa auditoría médica.
Reutilizables en la práctica médica como puntas de Shaver y radiofrecuencia (A convenir con la institución) o suturas dérmicas del tipo Dermabond ®.
OSDIPP no dará cobertura a la cirugía M.I.S. o percutánea en forma especial o por honorario mayor al correspondiente para la cirugía convencional y según convenios establecidos o Nomenclador Nacional. (Cirugía de pie, pierna o cualquier otro procedimiento programado ó de urgencia).
Por ningún concepto está permitido solicitar a los afiliados de OSDIPP, honorario alguno como complemento de pago u honorario diferencial, independientemente del plan de cobertura que posean. Tampoco se deberá solicitar ni sugerir el pago de diferencia alguna por tipo o marca de implante distinto al provisto por la obra social, potestad reservada a la Gerencia Medica y Gerencia de Contrataciones.
NORMATIVAS PARA AUTORIZACIÓN DE ESTUDIOS DE ALTA COMPLEJIDAD EN TRAUMATOLOGÍA:
Comprende los siguientes estudios: R.M.N, Artro Resonancia, Angio Resonancia, T.A.C (Multislice, reconstrucción 3D) y Centellograma.
Requisitos para la prescripción:
Recetario membretado con los datos del profesional actuante o institución. Letra clara y legible con firma y sello.
Consignar diagnóstico presuntivo con breve descripción del examen físico (Ej.: dolor de irradiación ciática, signo de Lasegue +, inestabilidad clínica de tobillo, etc). Si el estudio solicitado es bi-articular, se deberá especificar diagnóstico presuntivo de cada una de ellas, datos positivos del examen físico y resultado de estudios previos en ambas articulaciones.
Cuando el pedido se realice por un solo nivel o región (Ejemplo columna cervical) la autorización es automática cumpliendo los requisitos antes mencionados y siempre que el mismo sea solicitado por profesional especialista (Esp. Traumatología, neurología, etc). No se reconocerán estudios de alta complejidad solicitados por “fellows” o pasantes, o cualquier otro profesional NO identificado como miembro del staff institucional. Cuando el estudio sea de más de un nivel o región (Ej: Columna cervical y lumbar) deberá ser enviada a auditoría médica para su autorización. Si el estudio combina dos órdenes de procedimientos distintos. EJ: RMN de cadera + TAC de cadera deberá ser remitida a auditoría médica, aunque se solicite sólo un nivel o región.
Los siguientes estudios siempre deberán ser remitidos a auditoría médica indistintamente del tipo de pedido: Artro Resonancia, Angio Resonancia, RMN con microbobinas, Neuro RMN, TAC con reconstrucción ósea o supresión protésica, TAC 3 D o TAC multi slice.
SALUD MENTAL.
Psiquiatría, psicología, drogadicción, bulimia y anorexia: Sólo a través de Centros contratados (Consultar a OSDIPP).
¿Cómo proceder ante una prestación de urgencia?
En caso de tratarse de una prestación médica de urgencia que imposibilita la previa obtención de la autorización, o si se tratara de sábados, domingos o feriados, el profesional o institución deberán brindar la atención y documentarán el servicio prestado en los recetarios correspondientes, consignando la leyenda URGENCIA. Dentro de las 24 horas siguientes, un familiar del Afiliado deberá contactarse con OSDIPP a fin de realizar los trámites habituales para la autorización, entregándola al profesional o institución actuante dentro de los 5 (cinco) días de realizada la prestación. Cabe aclarar que es responsabilidad primaria del Afiliado gestionar cualquier tipo de autorización. Si por cualquier motivo no pudiera obtenerse la autorización correspondiente de la práctica contratada/convenida, el Prestador podrá facturar a OSDIPP las prácticas realizadas, justificando debidamente el carácter urgente de las mismas y la imposibilidad de haber obtenido la autorización.
Planes Vigentes en OSDIPP (de acuerdo con el convenio firmado con cada Prestador o comunicaciones habilitantes posteriores al mismo)
Afiliados en Relación de Dependencia:
* Plan Magnus
* Plan 1 Plus
* Plan 1 Plus J
* Plan 1
* Plan 2
* Plan 3
* Plan 4
Afiliados Voluntarios:
* Plan Magnus
* Plan 100
* Plan 100 Plus
* Plan 200
* Plan 300
* Plan 150
* Plan 250
* Plan 350
* Plan 450
La nomenclatura de los planes de Afiliados en Relación de Dependencia es alfanumérico.
La letra indica el descuento en medicamentos, cuando se los compra en farmacias de cartilla.
Documentación a remitir a OSDIPP junto con la facturación
Las prestaciones deben ser facturadas mensualmente a OSDIPP por EL PRESTADOR individualizando:
* Profesional actuante.
* Afiliado atendido.
* Día, mes y año en que fueron realizadas.
* Códigos del NN correspondientes a cada una.
Deberá adjuntar toda la documentación original que respalde las mismas:
* Planilla “Informe de Prestaciones” ambulatorias o documentación propia (planilla, bono, comprobante, etc.) que contenga los datos requeridos por OSDIPP, siempre firmada por el Afiliado en conformidad con la prestación recibida.
* Órdenes médicas por prácticas que no requieren autorización, con firma del Afiliado y fecha de realización.
* Órdenes de prácticas autorizadas por OSDIPP, en aquellos casos en que sea requisito para la prestación, con firma del Afiliado y fecha de realización.
* Constancias que avalen las prestaciones de urgencia.
* Historia Clínica completa en caso de prestaciones en internación.
* Protocolo Quirúrgico donde deberá constar la intervención o práctica realizada, con el nombre del profesional actuante (cirujano, ayudante, instrumentadora, monitoristas, anestesistas, etc.) con el número de matrícula y firma de cada uno de ellos.
* Copia de informes de Resonancia Magnética Nuclear y Tomografía Axial Computada efectuadas.
Fechas y lugares de presentación de la facturación mensual
A través del portal OSDIPP para Prestadores.
Pago de prestaciones
La facturación será abonada según los plazos estipulados en cada convenio y el pago se efectuará exclusivamente a través del sistema DATANET, por depósito en la cuenta bancaria que el Prestador indique.
Para dar de alta el pago por sistema DATANET obtenga el formulario de adhesión haciendo click aquí. Complételo con los datos solicitados y remítalo por e-mail a tesoreria@osdipp.com.ar
Contactos
Contrataciones: contrataciones@osdipp.com.ar
Tesorería: tesoreria@osdipp.com.ar
Prestaciones Médicas: coordinacionprestadores@osdipp.com.ar
Auditoría Médica: auditoria.medica@osdipp.com.ar